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ÁREA DE PRÁCTICA 05

Pensiones ISSEMyM

Pensiones por jubilación, retiro, inhabilitación y fallecimiento ante el ISSEMyM. Te defendemos cuando niegan, retrasan o calculan mal la pensión que te corresponde.

¿QUÉ ES UNA PENSIÓN ISSEMYM?

Tu pensión es un derecho que generaste con años de servicio.

El ISSEMyM es la institución de seguridad social de los servidores públicos del Estado de México, sus municipios y organismos. Otorga pensiones conforme a la Ley de Seguridad Social para los Servidores Públicos del Estado de México y Municipios.

Cuando el Instituto niega una pensión, tarda en pagarla o la calcula por debajo de lo que corresponde, existen vías legales para defenderte: el juicio ante el Tribunal de Justicia Administrativa del Estado de México y, cuando procede, el juicio de amparo.

  • Atendemos exclusivamente asuntos de ISSEMyM: no IMSS ni ISSSTE.
  • Las resoluciones del Instituto se pueden impugnar dentro de plazos legales.
  • LTL Abogados es un despacho independiente y no forma parte del ISSEMyM.
LO QUE ABARCA

Asuntos que atendemos en pensiones ISSEMyM

Da clic en cada tema para ver qué incluye.

01

Pensión por jubilación

Al cumplir los años de servicio que marca la ley.

Ver qué incluye
  • Revisión de requisitos de edad y años de servicio.
  • Integración del expediente.
  • Seguimiento de la solicitud.
02

Retiro por edad y tiempo de servicios

Pensión por edad con años de servicio cumplidos.

Ver qué incluye
  • Verificación de requisitos.
  • Cálculo del monto.
  • Defensa ante la negativa.
03

Retiro en edad avanzada

Cuando se alcanza la edad con menos años de servicio.

Ver qué incluye
  • Análisis de requisitos mínimos.
  • Solicitud y seguimiento.
04

Pensión por inhabilitación

Cuando una enfermedad o accidente impide seguir trabajando.

Ver qué incluye
  • Inhabilitación por riesgo de trabajo o por causas ajenas al servicio.
  • Dictámenes médicos.
  • Impugnación de dictámenes desfavorables.
05

Pensión por fallecimiento

Para los familiares del servidor público o pensionado.

Ver qué incluye
  • Viudez y concubinato.
  • Orfandad.
  • Ascendientes.
  • Acreditación de beneficiarios.

Es común que estas pensiones se retrasen: hay vías para exigir el pago.

06

Retraso en el pago

Cuando la pensión no llega.

Ver qué incluye
  • Solicitudes sin respuesta.
  • Pensiones autorizadas pero no pagadas.
  • Amparo contra la omisión del Instituto.
07

Negativa de pensión

Cuando el Instituto la rechaza.

Ver qué incluye
  • Análisis de la resolución.
  • Juicio ante el Tribunal de Justicia Administrativa del Estado de México.
  • Amparo contra la sentencia, cuando procede.
08

Cálculo incorrecto

Cuando te pagan menos de lo que corresponde.

Ver qué incluye
  • Revisión del sueldo base de cotización.
  • Incrementos no aplicados.
  • Reclamación de diferencias.
09

Reconocimiento de servicios

Que se cuenten todos tus años y cotizaciones.

Ver qué incluye
  • Periodos de servicio no reconocidos.
  • Hojas de servicio y constancias.
  • Corrección de datos en el Instituto.
10

Amparo en pensiones

La vía constitucional cuando se violan tus derechos.

Ver qué incluye
  • Amparo indirecto por omisión.
  • Amparo directo contra sentencias.
  • Cumplimiento de resoluciones favorables.
GUÍA RÁPIDA

¿No sabes por dónde empezar?

Responde una o dos preguntas y te orientamos sobre el tipo de asunto que podrías tener.

PREGUNTAS FRECUENTES

Lo que más nos preguntan

¿Atienden pensiones del IMSS o del ISSSTE?

No. Nuestra práctica pensionaria se concentra exclusivamente en asuntos relacionados con el ISSEMyM.

¿Qué puedo hacer si el ISSEMyM no responde mi solicitud?

Puedes promover un juicio de amparo por la omisión, para obligar al Instituto a resolver. Es importante conservar tu solicitud con sello de recibido.

¿Dónde se impugna una negativa de pensión?

En general, ante el Tribunal de Justicia Administrativa del Estado de México, dentro del plazo legal contado desde la notificación. Contra la sentencia de ese tribunal puede proceder el amparo.

¿Quién tiene derecho a la pensión por fallecimiento?

El cónyuge o concubino, los hijos menores o que sigan estudiando, los hijos con discapacidad y, en ciertos casos, los padres que dependían económicamente, conforme al orden y requisitos de la ley.

¿Me pueden pagar lo que no me pagaron mientras esperaba?

Cuando se reconoce el derecho a la pensión, en general se pueden reclamar las cantidades no pagadas desde que procedía. Se revisa en cada caso.

¿Ustedes forman parte del ISSEMyM?

No. LTL Abogados es un despacho independiente que representa a servidores públicos, pensionados y beneficiarios frente al Instituto.

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La información de esta página es de carácter general y orientativo. No constituye asesoría jurídica ni sustituye el análisis de un abogado sobre tu caso concreto.

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